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Las playas y los perros: repaso a la normativa vigente, leyes y decretos autonómicos

Las playas y los perros: repaso a la normativa vigente, leyes y decretos autonómicos

Última actualización del articulo el día 09/08/2023

Si os topáis con "artículos" que indican que puedes ir a cualquier playa con tu perro y que no te pueden multar, que la Ley de Costas no impide el acceso con animales a ninguna playa y que las playas son bienes de dominio público, etc. etc. este, guau, no son nada fiables.

De hecho, normalmente es el mismo texto que han ido copiando y pegando en diferentes webs. Hay que leer toda la letra pequeña para entender porqué esas afirmaciones son falsas.

Sí, te pueden multar y de hecho lo hacen. Podrás recurrir, pero si la idea es evitar las multas y el mal rato, si el objetivo es estar tranquilamente disfrutando en alguna playa donde sí somos bienvenidas las personas con perro, no está de más repasar la normativa, para intentar ir despejando dudas y aclarando conceptos.

La Ley de Costas es la normativa que afecta a todas las playas de España. Desde 2013 es la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. 

El texto íntegro lo podéis consultar aquí, en la web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

La Ley de Costas no dice nada sobre perros, no prohibe su acceso a las playas y tampoco lo permite, sencillamente aclara que las playas son bienes de dominio público y que el acceso al mar y la ribera será “libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquél, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos semejantes que no requieran obras e instalaciones de ningún tipo y que se realicen de acuerdo con las leyes y reglamentos o normas aprobadas conforme a esta Ley”)

Es decir, no hay ninguna normativa que prohiba el acceso de los perros en todas las playas de España.

La Ley de Costas lo que si hace es dictaminar que son los Ayuntamientos los encargados de "mantener las condiciones de limpieza y salubridad de las zonas de baño, de colocar carteles informativos con las características, infraestructuras y medidas de seguridad".

Es decir, que son los Ayuntamientos los que pueden crear playas caninas, debidamente señalizadas, tanto en zonas de baño para humanos como, algo que es un tanto frecuente, en áreas de la costa menos atractivas o directamente no aptas para el baño de los humanos.

¿Y qué pasa con las Comunidades Autónomás? Pues ahí está el quid de la cuestión y, a veces, el conflicto.

Es justo lo sucedió allá por 2015 en Andalucía.

Ayuntamientos como el de Fuengirola o Casares habían modificado sus Ordenanzas para habilitar playas caninas hasta que, de pronto, tras varios años disfrutando con los perros en la playa, la Junta "desempolvó" un decreto de 1998 (un decreto, OJO, que afecta sólo a Andalucía)

"Durante la temporada de baño queda prohibido el acceso de animales domésticos a las aguas y zonas de baño, con excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente."

En Galicia, por poner otro ejemplo donde la situación es bien diferente, la Xunta indica lo siguiente:

"Las autoridades municipales limitarán o prohibirán, en su caso, las zonas y horas en que podrán circular o permanecer los perros y otros animales sobre los parques, playas y otros espacios públicos, especialmente los frecuentados por niños, de sus respectivos términos municipales. Se prohibe expresamente la presencia de animales en las piscinas públicas, durante la temporada de baños."

Es decir, de nuevo no está prohibido sino que La Xunta delega la cuestión en los Ayuntamientos. Por eso hay playas caninas en cada vez más Concellos.

Resumiendo: no hay una ley que prohiba a los perros estar en la playa en España. Lo más frecuente es que la cuestión quede en manos de los Ayuntamientos.

Hay que consultar primero la posible normativa a nivel autonómico para confirmar si, como es el caso más frecuente, también ahí se delega la cuestión en los Ayuntamientos. 

Y en ese caso hay que consultar bien la Ordenanza sobre Tenencia de Animales bien la de Playas en cada municipio costero. Los Ayuntamientos modifican sus Ordenanzas para poder permitir el acceso de canes a la playa.

Por eso mismo si queremos que un Ayuntamiento cree una playa perruna hay que empezar a movilizarse mucho antes del verano, para que se puedan modificar las Ordenanzas necesarias y, en algunos casos -como el de Andalucía- para que se puedan pedir los permisos pertinentes a las autoridades de la Comunidad Autónoma.

Y luego está, claro, el detalle de dónde crean esas playas, demasiadas veces en los peores sitios...

 

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