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Por fin, los animales ya no son cosas en España, se ha aprobado definitivamente la reforma del Código Civil

Por fin, los animales ya no son cosas en España, se ha aprobado definitivamente la reforma del Código Civil

Última actualización del articulo el día 20/01/2022

Actualización 2022

Los perros ya son "seres vivos dotados de sensibilidad" ante la ley: un cambio histórico en España

El 5 de octubre 2021 se aprobó la reforma del Código Civil que afecta directamente a los derechos de los animales en España.La proposición fue aprobada con 22 votos a favor y 14 en contra, los de Vox y el PP. Posteriormente fue aprobado por el Senado con algunas enmiendas. Y, finalmente, el 2 de diciembre 2021 volvió a la Cámara de los Diputados donde ha sido definitivamente aprobada la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales

El objeto de la proposición es sentar "el importante principio de que la naturaleza de los animales es distinta de la naturaleza de las cosas o bienes" puesto que los animales a partir de ahora serán ya considerados legalmente "seres vivos dotados de sensibilidad".

Se trata de un cambio revolucionario, de enorme relevancia, como nos explicaba la abogada Lola García, responsable del bufete Derecho & Animales.

Las reformas introducidas buscan adecuar el Código Civil no solo "a la verdadera naturaleza de los animales, sino también a la naturaleza de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos",para lo que se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía, cuestión que ya ha sido objeto de controversia en nuestros tribunales.

La proposición de ley modifica también la Ley Hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, estableciendo que la hipoteca no comprenderá "los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo", no cabiendo "pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía".

Asimismo, se modifica el artículo 605 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, declarando que los animales de compañía son bienes absolutamente inembargables, "sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que los mismos puedan generar". Para el proponente, esta medida se toma "en atención al especial vínculo de afecto que liga a los animales de compañía con la familia con la que conviven".

Por otro lado, atendiendo al vínculo existente y la concurrencia entre los malos tratos a animales y la violencia doméstica y de género y el maltrato y abuso sexual infantil, se contemplan limitaciones a la guarda y custodia en casos de antecedentes por maltrato animal ejercido como forma de violencia o maltrato psicológico contra aquellos.

Así que, pese al rechazo de VOX que considera literalmente "una atrocidad" otorgar derechos a los animales, por fin, en España, los animales ya no son cosas.

La aprobación de esta reforma histórica refleja el trabajo de muchos años (comenzó su andadura allá por 2015) y de muchas organizaciones, entre ellas INTERcids, Operadores Jurídicos por los Animales, asociación que agrupa a profesionales de la judicatura, ministerio fiscal, abogacía, procuraduría y fuerzas de seguridad.

Desde INTERcids recalcan que esta reforma permitirá, entre otras cuestiones:

-    adecuar la terminología que “cosificaba” a los animales, suprimiendo aquellos términos que son propios de los bienes muebles;
-    reconocer a los animales un tratamiento diferente al de las cosas, no solo respecto a sus propietarios, sino también a quienes los tengan temporalmente a su cargo;
-    garantizar el bienestar de los animales que pueden encontrarse en situación de desamparo tras el fallecimiento de su responsable
-    proteger al animal con independencia de quién ostente la titularidad formal sobre él;
-    adecuar las normas del Código Civil sobre animales perdidos y abandonados a la realidad actual y al resto del ordenamiento jurídico;
-    fortalecer el derecho de quien cuida a un animal herido o abandonado a ser resarcido por todos los gastos derivados de su situación de vulnerabilidad;
-    reconocer el daño moral que para quien convive con un animal supone, no solo su daño físico, sino también su sufrimiento;
-    introducir la responsabilidad del vendedor de un animal frente al comprador en los casos previstos.

Además, como comentamos al comienzo, se ha aprobado la enmienda propuesta por la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA), que consiste en que se pueda denegar la guarda de hijos e hijas a aquel progenitor que haya incurrido en maltrato a los animales de compañía, con el fin de proteger a las y los menores de este tipo de violencia psicológica y emocional.

Como resumen desde Animalex:

"Pues sí, parece una obviedad. Sin embargo, a pesar de décadas de leyes de protección de los animales, de un Código Penal que castiga cada vez más duramente su maltrato, de que la Unión Europea disponga desde hace años que son seres sintientes... el Código Civil español aún seguía considerando a los animales no humanos como "cosas".

Hasta hoy. Que el Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente la reforma de este código, con más de 130 años de vida, para reconocer un nuevo estatuto jurídico a los animales. Y que las editoriales jurídicas van a tener que actualizar sus manuales de Derecho Civil... para poner a los animales en su sitio."

Podéis leer el texto de la proposición de Ley aquí.

 

Actualización 2022:

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