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La ley PPP sigue en vigor, los perros potencialmente peligrosos "mal-tratados" por la Ley de Bienestar Animal

La ley PPP sigue en vigor, los perros potencialmente peligrosos

Última actualización del articulo el día 17/03/2023

Actualización 16/3/2023:Se han eliminado los tests de comportamiento obligatorios en la Ley de Bienestar Animal.

Uno de los objetivos de la Ley de Bienestar Animal era acabar con la discriminación por razas de perros. Lo que se había planteado y estaba previsto era derogar la actual Ley 50/99 de Animales Potencialmente Peligrososy sobre todo el Real Decreto 287/2002 que desarrolla la misma en cuanto a razas y características caninas y,a cambio, establecer unos tests de comportamiento obligatorios para perros a partir de un cierto peso, unos tests a través de los que se demostraría la sociabilidad y buen comportamiento de los canes.

Esto ha quedado parcialmente en papel mojado porque finalmente no se derogó la Ley PPP, sigue en vigor, tras aprobarse una enmienda de última hora a la Ley de Bienestar Animal presentada por EH-Bildu.

Quedaba el resquicio de esperanza de que al pasar por el Senado, alguna nueva enmienda a la Ley de Bienestar Animal volviera a incorporar la derogación de la Ley PPP pero no ha sido así: en el Senado se han votado -y rechazado- multitud de enmiendas pero en ninguna de ellas se ha tratado esta cuestión.

¿Qué quiere decir esto?

Pues que los perros de razas consideradas potencialmente peligrosas (Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y sus cruces) están sujetos a dos normativas diferentes, igual de restrictivas, independientemente de si demuestran su sociabilidad.

Actualmente ya tienen que ir siempre con bozal y correa de menos de dos metros y ahora, además, tendrán que pasar ese test de comportamiento. El problema es que ese testno sería de ninguna ayuda para ellos puesto que aunque lo pasen, aunque demuestren que son perros sociables y equilibrados, tendrían que seguir llevando bozal siempre y seguirían sin poder ir sueltos.

 

¿Cómo podría cambiar la situación?

Esto explican desde Profesionales vs Ley PPP, la organización más activa en la defensa de los derechos de estos perros:

"Según fuentes oficiales de la Dirección General de Derechos de los Animales, el compromiso con los socios políticos que conforman el gobierno de coalición actual es de decretar la derogación de los aspectos legales de los perros en la Ley de Animales Potencialmente Peligrosos durante los meses de elaboración de los reglamentos paralelos que desarrollarán la Ley de Bienestar. Es decir, acabar con la catalogación "PPP" e incluir a nuestros amados perros en las valoraciones y no discriminarlos con el resto de razas y características caninas".

El problema, evidentemente, es que ahora todo depende "de que un gobierno de coalición en plena guerra abierta entre sus propios socios, acaben poniéndose de acuerdo". 

Por eso, desde Profesionales VS LEY PPP, han comenzado una campaña para exigir a los políticos que cumplan con su palabra.

Piden que se escriba a los responsables políticos para que se derogue la Ley PPP, tal y como había sido acordado, esta es la carta que han elaborado y al final de ella están los correos electrónicos:

"EXPRESA TUS DERECHOS A LOS RESPONSABLES POLÍTICOS COMO CIUDADANO. #NoalaLeyPPP

Os dejamos abajo 👇🏼 las direcciones de correo electrónico gubernamentales y el texto con el que expresar vuestra indignación, como ciudadanos españoles, por no derogarse en el pleno del Congreso la "Ley PPP" y excluirnos como iguales en el anteproyecto de Ley de Bienestar Animal, que se debatirá en el Senado en las próximas semanas. Pide la derogación:

*TEXTO Y DIRECCIONES DE CORREO 👇🏼

Estimados Señores.

No habiéndose producido la derogación de los aspectos legales que atañen a los perros en la Ley 50/99 de Animales Potencialmente Peligrosos, así como en el Real Decreto 287/2002, que desarrolla la misma en cuanto a razas y características caninas, tras la aprobación de la Ley de Bienestar Animal en el pleno del Congreso, el 9 de febrero del presente año; les expreso mi indignación y ruego como ciudadano español, en base a los siguientes puntos adversos hacia las personas que conviven con estos perros y el propio bienestar de los animales:

-Las familias propietarias de perros catalogados "Potencialmente Peligrosos" se verían abocadas a las exigencias de dos normativas adversas entre ellas. El artículo 30.3 del anteproyecto de Ley de Bienestar reza: "Las personas titulares junto con sus perros deberán realizar un test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social.

Los términos en cuanto a edad y peso mínimos del perro y contenido y características del test, se desarrollarán reglamentariamente", con el fin de determinar la socialización del perro, la pericia del guía en su manejo y trato y, en caso de no pasar positivamente la valoración, catalogarlo como perro de manejo especial, con sus consiguientes restricciones hasta su reeducación. Sin embargo, estos perros catalogados como Potencialmente Peligrosos ya están sujetos legalmente a restricciones (bozal y correa inferior a dos metros) de por vida, por lo que dichas valoraciones, a las que estarían obligados sus propietarios con la nueva normativa de Bienestar Animal, no les servirían para retirar dichas restricciones, ni siquiera tras demostrar la correcta socialización de sus perros, su buen trato hacia éstos y su responsabilidad ciudadana.

Siendo así, estarían ustedes duplicando las exigencias de tenencia de perros a esas familias y, además, sin la consecuencia positiva que en octubre del año 2021 sí recogía el texto de anteproyecto de Ley de Bienestar Animal en sus disposiciones finales: "Los animales de la especie canina no serán en ningún caso calificados como animales potencialmente peligrosos, sin perjuicio de que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones en que deberán manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad", donde se incluía a dichos perros como iguales y condicionados a esa mejora para ellos en la futura normativa.

-El riesgo de abandono de perros catalogados como Potencialmente Peligrosos que provocaría la duplicidad de exigencias y gastos legales, sería exponencial al actual, ya de por sí elevado, como indican las estadísticas porcentuales de estos perros en centros de protección animal de las administraciones y de las protectoras de animales.

-Las posibilidades de adopción de estos perros se reducirían aún más, ya de por sí complicadas en la actualidad por las restricciones de la Ley 50/99 y el Real Decreto que la desarrolla, abocando a miles de ellos a vivir la mayoría de su vida en centros o, directamente, fallecer en los mismos después de años se sufrimiento en soledad.

-Habiendo contado la Dirección General de Derechos de los Animales, órgano del Gobierno de España, con expertos en la materia sobre la errónea legislación de Animales Potencialmente Peligrosos aplicada a perros desde 1.999, no están contando con sus conclusiones profesionales; que vienen a resumirse en:

"Hay cientos de razas de perros con igual o mayor potencialidad de causar daños o lesiones a los que no se les aplica dicha normativa, ni queremos que así sea, sino que se incluya a la especie canina, en su totalidad, en unas valoraciones de comportamiento de los individuos, así como que estas examinen la pericia de sus guías, la educación y el trato que le dan a sus animales.

Las estadísticas de ataques y accidentes causados por perros, no han variado en los más de 23 años de legislación de Animales Potencialmente Peligrosos, por lo que se demuestra su ineficacia.

En el control de la cría regulada y la adquisición responsable de animales, así como en el impulso educativo para la tenencia responsable, se encuentran las claves del mantenimiento de la seguridad ciudadana y el bienestar animal de cualquier nación que se precie, y no en las restricciones normativas (bozal y correa corta) que desde la más temprana edad se les aplican a estos perros catalogados como Potencialmente Peligrosos, causando la imposibilidad, en la mayoría de casos, de una socialización natural correcta. La normativa vigente, sin embargo, consigue el efecto contrario al que debería; que los animales que vivan en sociedad sean seguros para la misma".

Concluyendo los expertos, entre los que se encuentran miembros de las fuerzas de seguridad, educadores caninos, adiestradores, etólogos, veterinarios y miembros de federaciones caninas, que "la aplicación de las restricciones a los mal catalogados Perros Potencialmente Peligrosos son ineficaces y contrarias a la seguridad ciudadana, la tenencia responsable y la correcta socialización de los perros; por lo que se les debería excluir de la norma de Animales Potencialmente Peligrosos e incluir en la valoración conductual futura".

Por todo lo expuesto, les envío el presente escrito con el ruego de que, tal como se preveía en el anterior texto del anteproyecto de Bienestar Animal, en octubre de 2021, se deroguen los aspectos legales que implican a los perros en la Ley de Animales Potencialmente Peligrosos (50/99) y en el Real Decreto que los desarrolla (287/2002), permitiendo la igualdad que se les ha negado en los últimos 23 años.

Un cordial saludo.

Atentamente:

Nombre y apellidos:

DNI:

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Enviar a los siguientes e-mails:

infopsoe@psoe.es,
socialistascongreso@gps.congreso.es,
secretariapresidente@presidencia.gob.es,
dirgabinete@presidencia.gob.es, informac@mapama.es,
dgpma@mapama.es,
gprensa@mapama.es, dgderechosanimales@mdsocialesa2030.gob.es

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