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Viajar con perro en Europa a partir de abril 2026, ¿qué ha cambiado ya y qué cambiará en un futuro?

Viajar con perro en Europa a partir de abril 2026, ¿qué ha cambiado ya y qué cambiará en un futuro?

Última actualización del articulo el día 14/04/2026

¿Cambia la normativa de la UE para viajes con perros o gatos a otros países europeos a partir de abril 2026? En la práctica, no.

Muchos cambios no han entrado en vigor aún y otros siguen permitiendo viajar con el actual pasaporte y chip de nuestros perros.

Por ejemplo, el tener que notificar previamente un viaje junto a nuestro perro a algún país de la UE a través de una web no se aplicará hasta mediados de 2036.Y no, no hay un nuevo DNI obligatorio ni nada por el estilo.

En la web de la Comisión Europea encontraréis la información oficial: las novedades sobre viajes son parte de un reglamento más complejo y completo sobre el bienestar de perros y gatos -que aún no ha entrado en vigor, lo hará gradualmente a partir de 2028.

Lo que ha entrado en vigor en abril 2026 es este reglamento delegado. Lo que NO ha cambiado está claro: ni nuevos chips ni nuevos pasaportes.

Los animales de familia ya identificados conforme a la normativa vigente se considerarán conformes con los nuevos requisitos, por lo que no será necesario volver a identificarlos.

Del mismo modo, los pasaportes animales expedidos correctamente conforme al sistema actual seguirán siendo válidos y no será necesario emitirlos de nuevo.

Y esos pasaportes SOLO son necesarios si un perrete va a viajar dentro de la UE, si viaja solo en España, por ejemplo, pues no serían necesarios, basta con la cartilla sanitaria, como hasta ahora.

 

Se necesitan autorizaciones escritas solamente cuando un perro (u otro animal de familia) viaja con una persona diferente a su responsable legal. O para animales jóvenes aún sin protección completa frente a la rabia. Si tenéis cualquier duda sobre estas declaraciones, lo mejor es preguntar a vuestro veterinario.

Los cambios que se prevén afectarán a partir de ahora a perros (y otros animales de familia) que sean identificados o que necesiten un nuevo pasaporte:

  • Mejor identificación de los animales: se reforzarán los requisitos técnicos de los microchips y se introducirá la obligación de incluir el código del país de origen en la identificación, con el objetivo de mejorar la trazabilidad.
     
  • Normas sanitarias más detalladas: se especificarán con mayor precisión las reglas aplicables según la especie, para reducir el riesgo de propagación de enfermedades.
     
  • Documentación más clara: se concretarán los requisitos relativos a los documentos que deben acompañar a los animales, como el pasaporte para desplazamientos dentro de la UE o los certificados zoosanitarios cuando procedan de terceros países.  

Esto es lo aplicable dentro de la UE pero los requisitos son evidentemente mucho más complejos cuando hablamos de viajes desde países de fuera de la UE hacia la UE o viceversa.

Podéis, igualmente, consultar la información ofocial del Ministerio de Agricultura, aquí.

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