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"No hay o no debe de haber ninguna diferenciación entre unos perros y otros en cuanto a las exigencias para su bienestar"


Última actualización del articulo el día 20/09/2022

Desde AVATMA, la Asociación de Veterinarios Abolicionistas de la Tauromaquia y del Maltrato Animal, una asociación formada por más de 600 profesionales de la veterinaria, también han alzado la voz contra la enmienda del PSOE que pretende que la futura Ley de Protección de los Animales no incluya a los perros de caza y trabajo.

Compartimos un resumen de su comunicado, que podéis leer íntegro aquí, porque desgranan las razones por las que esa propuesta es TAN peligrosa para los canes.

Al final del texto os recordamos las acciones que están en marcha para protestar y presionar al PSOE para que retire esa enmienda.

Como veterinarios, queremos llamar la atención sobre la frase marcada en negrita en ese documento (La Estrategia nacional de gestión cinegética”, que es lo que el PSOE pretende regule la protección de los perros de caza)

`Dadas las especificaciones de los perros de caza y de las rehalas, que los diferencian de los animales domésticos, promover la redacción de normativa propia que se adapte a sus circunstancias y la actividad para la que son empleados´.

Dicha aseveración podría provocar en el futuro numerosas controversias y contradicciones, en especial a la hora de tramitar y aprobar la nueva Ley de protección, bienestar y derechos de los animales, e incluso afectar a la modificación del Código Penal en lo referente a los delitos por maltrato animal.

En primer lugar, debemos incidir en el hecho de que todos los perros, independientemente de que vivan o no dentro de un domicilio y de la actividad que puedan desarrollar, son animales domésticos, es decir, que pertenecen a una especie que, a través de la selección artificial, ha sido sometida a un proceso de domesticación por parte del ser humano.

(...)

Y la domesticidad, como queda descrito, no es una cualidad individual, sino común a todos los animales de esa misma especie. En consecuencia, la actividad y el uso que se dé a una serie de individuos de una determinada especie animal considerada doméstica no les hace perder esta cualidad o condición.

Por tanto, los perros de caza y de rehala, así como aquellos utilizados en actividades específicas y en actividades profesionales (perros de rescate, de actuaciones asistidas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Fuerzas Armadas, perros de pastores y de guarda del ganado), son tan domésticos y tan de compañía como cualquier otro perro, independientemente de la función que desarrollen.

(...)

... los perros de caza y de rehala y los que se utilizan en determinadas actividades profesionales y específicas cumplen todas y cada una de las condiciones apuntadas anteriormente para ser considerados, sin ningún tipo de particularidad ni diferenciación, animales domésticos de compañía y, como tales, deben ser tratados en la futura Ley de protección, bienestar y derechos de los animales.

No hay o no debe de haber ninguna diferenciación entre unos perros y otros en cuanto a las exigencias para su bienestar, ya que éstas vienen determinadas por las características fisiológicas y etológicas de la especie caninay por las necesidades que ésta requiere para que se cumplan,como mínimo, las llamadas “5 libertades” o principios básicos que garantizan el bienestar animal, aunque en un principio fueran dictadas para lo que se conoce como animales de producción, que también son domésticos. Por tanto, estos requisitos son iguales para todos los perros, independientemente de su aptitud, y deberían venir regulados y reglamentados por la Ley mencionada anteriormente.

En cualquier caso, si se decidiera establecer una normativa propia para los perros de caza, ésta nunca debería contravenir la Ley general que está en trámites de aprobarse. A partir de ésta, y partiendo de los mínimos exigibles para el resto de los perros, la normativa específica para individuos que participen en actividades cinegéticas debería recoger el máximo de medidas que favorezcan el bienestar físico y mental de estos animales, en contraposición con las deplorables condiciones en las que viven la mayoría de estos perros en la actualidad.

Proponemos que cualquier perro de caza, de la modalidad que sea, deberá ser debidamente identificado en el plazo y tiempo que marca la Ley, y que sean debidamente notificadas sus vacunaciones, desparasitaciones y revisiones veterinarias obligatorias; cualquier tipo de cesión, venta o transacción será debidamente documentada en el registro correspondiente.Del mismo modo, en caso de pérdida, ésta deberá ser informada en los plazos que marque la Ley como para cualquier otro perro; de no hacerse de esta forma, dicho perro se considerará abandonado y su titular sancionado. En caso de muerte, que deberá ser adecuadamente certificada por un veterinario, se procederá a darle de baja en el registro correspondiente. Es lo que se hace en la actualidad con cualquier otro perro y de obligado cumplimiento según la Ley, documentando la recogida, el sitio y el día en el que fue enterrado o incinerado y el nombre de la empresa autorizada que lo llevó a cabo.

(...)

Debemos apuntar, además, que no todos los perros de caza viven bajo las mismas condiciones; muchos comparten su espacio vital con sus titulares, a diferencia de aquellos que forman parte de lo que se conoce como rehalas o de aquellos que se utilizan en la caza de conejos y liebres, galgos en general. Nos preguntamos cómo esta excepción diferenciará a unos perros de caza de otros.

(...)

Sobre la reproducción y crianza de este tipo de perros por parte del colectivo de los cazadores, para su uso propio o para su comercialización, entendemos, en base a nuestros argumentos, que deberá estar regulada de forma obligada por el futuro Real Decreto que establecerá las Normas Básicas de Ordenación de los Núcleos Zoológicos de los animales de compañía. No debe de haber ninguna excepción para los criadores de perros de caza y de rehala con respecto a otros criadores de otras razas caninas. Es fundamental conocer la trazabilidad de estos perros desde que nacen hasta que mueren,así como el control de camadas y de su reproducción, y más sabiendo que este colectivo, el de los cazadores, es uno de los que más contribuye al abandono y al maltrato de estos animales.

(...)

En la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista también se aludea la ratificación del Convenio Europeo para la Protección de los Animales de Compañía, pretendiendo hacernos creer que ese mismo texto diferencia unos perros de otros, y no es así. (...) 

De hecho, y nos parece importante recordarlo, durante la tramitación en el Congreso de los Diputados de la ratificación íntegra del Convenio, el principal motivo de discordia fue el de la amputación de rabos y orejas, que el sector cinegético pretendió eliminar como excepción y que finalmente no prosperó, gracias, entre otras cuestiones, a un informe de nuestra asociación.

Además,existen numerosos reglamentos y directivas de la Unión Europea en las que se mencionan como animales de compañía, aquellas especies que figuran en lo que denominan Anexo I: perros, gatos y hurones. En ningún sitio se hacen distinciones en función del fin al que se destinen, el lugar que habiten o el sitio del que procedan, como queda recogido en esta Ley.

Por todos los motivos anteriormente expuestos, consideramos indispensable que se eliminen de la propuesta de Ley las excepciones, del todo incoherentes, que se hacen para los responsables de animales que se utilizan para la actividad cinegética, ya que establecen un agravio comparativo con el resto de la ciudadanía y abren la puerta a que estos perros corran más riesgo de sufrir tratos inadecuados por establecerse para ellos unas exigencias mucho más laxas en cuanto al control de su tenencia.

(...)

Como veterinarios, profesionales de la salud y del bienestar de los animales, que trabajamos en contra del maltrato animal, rogamos al Grupo Parlamentario Socialista la retirada de la enmienda.

José Enrique Zaldívar Laguía, Virginia Iniesta Orozco, Lina Sáez de Antoni

Junta Directiva de AVATMA

 

¿Qué acciones están en marcha?

 

 

- Se puede escribir a estos correos del PSOE (en Plataforma NAC tienen incluso un modelo de carta para copiar y pegar)

infopsoe@psoe.es
socialistascongreso@gps.congreso.es
secretariapresidente@presidencia.gob.es
dirgabinete@presidencia.gob.es

- Hay dos recogidas de firmas en marcha. Pinchando sobre las fotos accedéis a cada una de ellas.



 

Y hay dos concentraciones ante el Congreso, el 24 de septiembre y el 30 de septiembre:

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