"Estos son los más comunes artículos pirotécnicos que se pueden adquirir en cualquier multiprecio de barrio", explica en sus redes Juan Antonio Ferrer, Policía, divulgador y futuro abogado. Y, como bien aclara, se venden "de forma irregular por comercios que no tienen autorización para el almacenamiento y venta de estos artificios. Comprados por menores, y por adultos que se creen que es un juego de niños. Los tiran bajo mi ventana, junto a los huertos, junto a coches estacionados, en parques y jardines, sin tener en cuenta las obligaciones en materia de seguridad para el uso de estos petardos."
Y por eso él ha compartido información clave al respecto, para que sepamos cómo actuar ante "esta otra pandemia de contaminación acústica y ambiental". La publicamos aquí, con su permiso.
Es competencia de todas las policías denunciar tanto la venta como la utilización de estos objetos.
Para los compañeros que me leen:
Ley Orgánica 4/2015 de PSC. Artículo 36 apartado 12, texto: "La fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, incumpliendo la normativa de aplicación, careciendo de la documentación o autorización requeridas o excediendo los límites autorizados cuando tales conductas no sean constitutivas de delito, así como la omisión, insuficiencia, o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias."
***Procede el decomiso de los objetos***
Esta denuncia pueden y deben formularla todos los funcionarios policiales con independencia de su Cuerpo Policial, aunque la competencia sancionadora es de Subdelegación/Delegación del Gobierno.
Cualquier CIUDADANO puede formalizar denuncia voluntaria contra cualquier otro ciudadano por estos hechos.
PD: Podéis consultar el texto íntegro de la ley pinchando sobre la imagen.
Te puede interesar