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Ojo con la nueva ordenanza del Ayuntamiento de Madrid: se avecinan multas perrunas

Ojo con la nueva ordenanza del Ayuntamiento de Madrid: se avecinan multas perrunas

Última actualización del articulo el día 03/05/2018

Hace unos meses parecía que algo se movía en el Ayuntamiento de Madrid con respecto a los canes pero, por desgracia, esa iniciativa quedó paralizada. Ahora la noticia que llega es la contraria... una nueva Ordenanza Municipal, de "Convivencia" será aprobada a principios de 2014 y contempla sanciones importantes que afectan a los dueños de canes en la ciudad.

Noticia publicada en Octubre 2013


Las autoridades buscan soluciones creativas para paliar sus problemas financieros, explican en Reuters: "Las ciudades españolas endeudadas ponen el foco en los dueños de perro y en las pitonisas para recaudar" 

Esa es la imagen que ofrece Madrid en la prensa internacional y la foto que ilustra el texto, por cierto, es impagable: una cola del paro y varios perros atados fuera, esperando a sus humanos. Viva el marketing.

La letra pequeña de la nueva Ordenanza, según explican en El País, incluye una lista de posibles comportamientos sancionables, entre ellos unos cuantos que nos afectan a los perrunos:

Infracciones leves (1-750 euros). Pedir limosna ante colegios, hospitales o centros comerciales; ofrecer bienes a los ocupantes de un vehículo; solicitar servicios sexuales en la calle; practicar juegos molestos o peligrosos; hacer acrobacias con bicicletas o monopatines; beber alcohol; escupir o tirar desperdicios al suelo; ofrecer servicios de tarot, videncia, masajes o vigilancia de vehículos; acampar en la vía pública; usar los bancos para otra cosa que no sea sentarse; pasear un perro molesto o amenazador, soltarlo en una zona no permitida, dejar que se bañe en una fuente o darle de comer en la calle; molestar al regar las plantas; lavar o reparar coches; sacudir alfombras; dañar el mobiliario urbano; bañarse, trepar o dañar fuentes; o usar estanques para modelismo.

Hay que tener en cuenta que varios de estos puntos, si no todos, están ya estipulados en la actual Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales pero está por ver cómo los formulan en la nueva Ordenanza porque lo de "pasear a un perro molesto" da pie a unas cuantas interpretaciones.

Y lo que es sin duda probable es que con la nueva normativa se vuelvan aún más estrictos y, todo parece indicar, que anden con la multa fácil... así que ojo, mucho ojo.

Ahora ya son infracciones leves en Madrid:

- El suministro de alimento a animales vagabundos o abandonados o a cualquier otro cuando de ello puedan derivarse molestias, daños o focos de insalubridad.

- El baño de animales en fuentes ornamentales, estanques y similares, así como el permitir que estos beban directamente en las fuentes de agua potable para el consumo público.

- La no adopción, por el propietario o tenedor de un animal, de las medidas necesarias para evitar que la posesión, tenencia o circulación del mismo pueda infundir temor o suponer peligro o amenaza.

- La circulación de animales no calificados como potencialmente peligrosos, sin cadena o cordón resistente que permita su control, y bozal en los casos recogidos en la presente Ordenanza

- La permanencia de animales sueltos en zonas no acotadas especialmente para este fin, o fuera de los horarios establecidos en la presente ordenanza.

Podéis consultar la actual Ordenanza de Tenencia de Animales en la web del Ayuntamiento, aquí.

Las infracciones leves en la nueva Ordenanza pueden ser multadas con hasta 750 euros.