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La nueva ley de tenencia responsable de perros y gatos prohibiría su venta en tiendas

La nueva ley de tenencia responsable de perros y gatos prohibiría su venta en tiendas

Última actualización del articulo el día 19/10/2016

El Gobierno prepara una nueva ley que regule el comercio y la tenencia responsable de perros y gatos en España. Una ley crucial de la que se conoce el borrador, que podéis consultar íntegro aquí,y que contiene propuestas importantes. Habrá que esperar para saber qué parte de este texto llega a convertirse en ley pero es algo que nos afecta a todos los dueños de canes y que, según parece, realmente va en la dirección correcta buscando evitar la cría incontrolada, el abandono y el maltrato animal.

Actualización 8/7/2014: ya empiezan con los matices... ahora resulta que no, que no van a prohibir la venta de perros y gatos.

Actualización 2015: Era demasiado bueno para ser cierto. Definitivamente el Gobierno ha dado marcha atrás y descarta la posibilidad de prohibir la exposición y venta de cachorros en tiendas.

El texto es realmente interesante, empezando por cómo se afronta la cuestión: "Los beneficios tanto emocionales como económicos que los animales aportan a las personas son considerables, y esto ha sido así históricamente, ya que los seres humanos han mantenido animales a su lado, por el mero placer de disfrutar de su compañía, desde hace miles de años".

La ley, de ámbito nacional, busca establecer unas normas básicas en materia de comercio de perros y gatos. También con respecto a la tenencia responsable de los mismos.

Uno de los principales objetivos es garantizar que perros y gatos tengan un trato adecudado, evitar su abandono.

Es recomendable leer el borrador completo pero aquí destacamos algunos puntos:

- Prohibido vender perros y gatos en tiendas de mascotas así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.

De aprobarse el texto, los canes y gatos -tanto si se adoptan como si se compran- pasarían del criador o del establecimiento de acogida a su nuevo dueño, sin que pueda haber intermediarios.

- Prohibido cortar orejas, rabo, etc. a los canes.

El texto prohibe todas las mutilaciones (incluida la extirpación de
la tercera falange, cuerdas vocales u otras partes u órganos) con algunas excepciones:

"Las intervenciones efectuadas con asistencia veterinaria en caso de necesidad terapéutica, para garantizar su salud o para limitar o anular su capacidad reproductiva."

"Previa autorización de la autoridad competente, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca por la misma, cuando ello sea imprescindible para la finalidad a que se destina el animal, incluido cuando se trate
de perros de guarda, defensa o manejo del ganado, y se limitará a la mínima intervención precisa."

- Los criadores ocasionales (los que comercializan hasta cinco animales o hasta una camada al año) deberán contar con conocimientos adecuados y garantizar que las hembras no tengan más de dos partos al año.

- Igualmente se regula de forma más estricta a los criadores habituales y el transporte de perros y gatos (algo que afecta más a criadores, expositores, etc., puesto que afecta al transporte de más de cinco animales).

En cuanto haya novedades oficiales, os informaremos.

PD: pero parece, como muchos se temían, que era otro globo sonda y ya empiezan a matizar y a desdecirse.

Se aceptan apuestas, habría que imprimir el borrador y compararlo con la versión light que finalmente será aprobada, si es que se aprueba.