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Varapalo de la justicia europea para los derechos de los animales que viajan en avión: su "valor" es el de una maleta

Varapalo de la justicia europea para los derechos de los animales que viajan en avión: su

Última actualización del articulo el día 18/10/2025

Vaya varapalo a los avances que se han ido produciendo recientemente en cuanto a la forma en que son tratados y respetados los animales cuando viajan con sus familias, también en avión.

La UE, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dado la razón a las líneas aéreas y ha dictaminado que no hay problema por considerar equipaje a los perros y demás animales que puedan viajar en avión. Ese es su valor en caso de indemnización.

Lo que argumenta legalmente la corte de la UE es que hay que tener en cuenta el bienestar de los animales durante su transporte, sí, pero esto no está reñido con que sean considerados como «equipaje». Si no se notifica previamente -estando de acuerdo la línea aérea, ojito- que su valor es mucho mayor, entonces su "valor" es equiparable al de una maleta. 

Los argumentos con los que llegan a esa sentencia son llamativos: 

"Procede descartar la interpretación con arreglo a la cual un animal de compañía está comprendido en el concepto de «pasajeros», dado que el artículo 1 del Convenio de Montreal se refiere de forma diferenciada a las personas y al equipaje. Por lo tanto, del tenor claro de esta disposición se desprende que el concepto de «personas» abarca el de «pasajeros», de modo que un animal de compañía no puede asimilarse a un «pasajero»."

Los animales pueden ser "transportados como «equipaje»" y "considerados como tal en el marco del régimen de responsabilidad (...) siempre que se tengan plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales durante su transporte."

Esta sentencia surge por un caso particular pero podría afectar a todos los demás, obviamente, al sentar jurisprudencia.

 

El caso en cuestión es el de una familia que viajaba desde Buenos Aires a Barcelona en un vuelo de Iberia en 2019. Junto con las humanas iban tres perras, todas en sus transportines, en bodega. Una de ellas, Mona, escapó justo antes de subir al avión.

La lograron coger pero, como explicó su familia, la ineptitud posterior hizo que la perra volviera a escapar, seguramente asustada, buscando a su familia. 

 

Nunca lo encontraron. Pese a buscarla desesperadamente durante meses y meses. Pese a salir en prensa, en radios y TVs contando lo sucedido.


Y siguen buscándola, no perdieron la esperanza, pero entre tanto solicitaron una indemnización de 5000€ a la línea aérea por los daños morales. Iberia admite su responsabilidad y reconoce el derecho de la familia a una indemnización, pero no de esa cantidad sino mucho menor, el límite previsto para el equipaje, 1800 euros.

Evidentemente ni 5000 ni 20000 ni ninguna cifra suplirán nunca la pérdida de Mona, no es una cuestión económica. Pero, en cualquier caso, esto es lo que acabó llegando a los tribunales europeos, cuál podía ser "la reparación del daño moral sufrido a causa de la pérdida de su animal de compañía con ocasión de un vuelo operado por el transportista."

Y su dictamen es demoledor: "A efectos de una operación de transporte aéreo, un animal de compañía está comprendido en el concepto de «equipaje» y la indemnización del daño derivado de la pérdida de este, con motivo de tal operación, está sujeta al régimen de responsabilidad previsto para el equipaje". 

Como han dicho en la página que crearon para centralizar la búsqueda de Mona: 

"Si fuésemos personas sin fé hoy sería un día para caer... Pero como no es el caso, no solo tenemos fé sino un amor infinito e interminable que hace que luchemos hasta el final, aunque pasen los años, aunque lo hagamos de manera silenciosa...Aquí estamos firmes para seguir peleando no solo por Monita sino por todos!! Te amamos Monita❤️"

 

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